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Ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente

Un objetivo clave de esta ley es combatir la impunidad económica. La ley introduce un tratamiento distinto de la criminalidad económica en comparación con la criminalidad económica.

El propósito central de la ley es prevenir la comisión de delitos económicos a través de imposición de mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno. Si las empresas adoptan adecuadamente las exigencias de esta ley, se debería reducir significativamente el número de infracciones de este tipo.

La promulgación de esta ley es uno de los avances y cambios más importantes al sistema Penal, valorando de un modo distinto este tipo de delitos por las consecuencias sociales que provoca.

Son claves de la ley 

• La Ley sobre Delitos Económicos establece un estatuto diferenciado de determinación de pena para los denominados delitos de cuello y corbata.

• Cuando el delito tenga una pena teórica de presidio o reclusión –cárcel – es mucho más probable que deba cumplirse efectivamente con privación de libertad, de manera de evitar que se produzca la sensación de impunidad frente a la comisión de delitos económicos.

• Agrega también como categoría de “delito económico” a los delitos funcionarios, cuando éstos sean cometidos con la participación de un miembro de una empresa o en favor de ésta.

• La nueva normativa establece adicionalmente una nueva forma de determinación de la multa (denominada “días-multa”), la que se calcula a partir del ingreso promedio diario del condenado.

• Este sistema permitirá que la multa pueda ir desde media UTM (como más de 31 mil pesos) hasta una cantidad máxima teórica de casi 19 mil millones de pesos para una persona natural, sin considerar el delito propio que cometa la empresa como persona jurídica.

• Incluye nuevas inhabilitaciones que a todo evento serán impuestas tratándose de delitos económicos: para cargos públicos; para cargos gerenciales; y, para contratar con el Estado (que incluye a toda persona jurídica relacionada con el condenado, mientras exista ese vínculo).

• Crea nuevos delitos, entre los que destacan los delitos medioambientales, los que -si se dan los presupuestos- serán considerados como delitos económicos, aplicándoseles el nuevo estatuto. Además, se perfeccionan múltiples delitos relacionados con la actividad empresarial.

• Modifica de forma relevante el sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Así se consideran a todos los delitos económicos (alrededor de 150) como aquellos que deben ser prevenidos por las empresas para que no se desarrollen en sus procesos.

• Crea la nueva pena de supervisión de la persona jurídica para que estas cuenten con un sistema que pueda evitar nuevos delitos..